Régimen Local

arts. 7, 25 y 27 de la Ley 7/1985

competencia propia o competencia delegada

La competencia propia se ejerce en régimen de autonomía y bajo responsabilidad local; la delegada procede de otra Administración y se somete a sus términos.

Matriz de estudio

competencia propia o competencia delegada

La competencia propia se ejerce en régimen de autonomía y bajo responsabilidad local; la delegada procede de otra Administración y se somete a sus términos.

competencia propiacompetencia delegada
OrigenAtribución directa por leyAcuerdo de delegación de Estado o comunidad autónoma
EjercicioEn autonomía y bajo responsabilidad propiaCon sujeción a condiciones y control del delegante
FinanciaciónRecursos locales y sistema de financiaciónDebe acompañarse de financiación suficiente
Pista de testInterés local atribuido legalmenteOtra Administración encarga su ejercicio
trampa de test

La delegación debe concretar alcance, condiciones, duración, control y financiación.