arts. 54-69 de la Ley 39/2015
de oficio o a solicitud
El procedimiento puede arrancar por decisión administrativa o por petición de una persona interesada, con reglas de inicio distintas.
arts. 54-69 de la Ley 39/2015
El procedimiento puede arrancar por decisión administrativa o por petición de una persona interesada, con reglas de inicio distintas.
Matriz de estudio
El procedimiento puede arrancar por decisión administrativa o por petición de una persona interesada, con reglas de inicio distintas.
| de oficio | a solicitud | |
|---|---|---|
| Impulso inicial | Acuerdo del órgano competente | Petición de la persona interesada |
| Vías típicas | Iniciativa propia, orden superior, petición razonada o denuncia | Solicitud con los requisitos del art. 66 |
| Interesado | Se determina según derechos e intereses afectados | Quien solicita ocupa normalmente esa posición |
| Pista de test | La Administración decide arrancar | Una persona pide que se tramite |
Una denuncia puede impulsar actuaciones, pero por sí sola no convierte al denunciante en interesado.