arts. 47 y 48 de la Ley 39/2015
nulidad o anulabilidad
La nulidad es el golpe duro para los vicios más graves; la anulabilidad cubre los defectos ordinarios.
arts. 47 y 48 de la Ley 39/2015
La nulidad es el golpe duro para los vicios más graves; la anulabilidad cubre los defectos ordinarios.
Matriz de estudio
La nulidad es el golpe duro para los vicios más graves; la anulabilidad cubre los defectos ordinarios.
| nulidad | anulabilidad | |
|---|---|---|
| Gravedad | Vicio radical | Vicio no radical |
| Supuestos | Derechos fundamentales, órgano manifiestamente incompetente, contenido imposible | Infracción ordinaria del ordenamiento |
| Imagen mental | El acto nace mal desde la raíz | El acto puede impugnarse por su defecto |
| Trampa | Lista cerrada y grave | Cajón más habitual del test |
No conviertas cualquier defecto formal en nulidad: para eso el examen reserva supuestos muy concretos.