Organización administrativa

arts. 15-22 de la Ley 40/2015

unipersonal o colegiado

El órgano unipersonal tiene un solo titular; el colegiado forma su voluntad mediante varios miembros, convocatoria y deliberación.

Matriz de estudio

unipersonal o colegiado

El órgano unipersonal tiene un solo titular; el colegiado forma su voluntad mediante varios miembros, convocatoria y deliberación.

unipersonalcolegiado
TitularidadUna personaVarios miembros
VoluntadDecisión de su titularAcuerdo formado tras convocatoria y deliberación
Reglas claveCompetencia y sustitución del titularPresidencia, secretaría, quorum y acta
Pista de testDirector, alcalde o ministroConsejo, comisión o pleno
trampa de test

En un órgano colegiado importan constitución, quorum y adopción de acuerdos; no decide una sola persona por defecto.