arts. 74-82 de la Ley 9/2017
solvencia o clasificación
La solvencia acredita capacidad económica, financiera y técnica; la clasificación sustituye esa acreditación en los casos y grupos para los que resulta exigible o eficaz.
arts. 74-82 de la Ley 9/2017
La solvencia acredita capacidad económica, financiera y técnica; la clasificación sustituye esa acreditación en los casos y grupos para los que resulta exigible o eficaz.
Matriz de estudio
La solvencia acredita capacidad económica, financiera y técnica; la clasificación sustituye esa acreditación en los casos y grupos para los que resulta exigible o eficaz.
| solvencia | clasificación | |
|---|---|---|
| Qué demuestra | Capacidad económica y técnica para el contrato | Inscripción en grupo, subgrupo y categoría |
| Acreditación | Medios previstos en pliegos y ley | Certificado o registro oficial de clasificación |
| Exigencia | Regla general ajustada al objeto y cuantía | Obligatoria principalmente en determinados contratos de obras |
| Pista de test | Medios y experiencia concreta | Grupo, subgrupo y categoría |
Clasificación y solvencia no son dos requisitos acumulativos en todo contrato.