Constitucional

qué es el estado de alarma

Estado de alarma

Estado excepcional que declara el Gobierno por decreto ante crisis como catástrofes o emergencias sanitarias.

Definición corta

Estado excepcional que declara el Gobierno por decreto ante crisis como catástrofes o emergencias sanitarias.

Ejemplo

Una emergencia sanitaria lleva al Consejo de Ministros a declararlo por un máximo de 15 días.

Pista de examen

Art. 116.2 CE y LO 4/1981: lo declara el Gobierno, 15 días, y la prórroga exige autorización del Congreso.

Datos del término

Categoría
Constitucional
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Norma y artículos clave

Art. 116.2 CE y LO 4/1981

lo declara el Gobierno, 15 días, y la prórroga exige autorización del Congreso.

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